CS09 AUTORIZACION DE INSTALACION DE ATRACCIONES,
CIRCOS,PUESTOS Y SIMILARES
LaAutorización Municipal para instalación de atracciones, puestos,circos y similares es el documento que autoriza, en base a ladocumentación aportada por un interesado, la implantación y elfuncionamiento de dichas instalaciones mediante la utilizaciónprivativa o el aprovechamiento especial de terrenos de uso público.
Suconcesión supone que, en base a la documentación aportada por eltitular de la instalación, ésta reúne todos los requisitosexigidos por la normativa de aplicación.
Losrequisitos a los que se refiere el párrafo anterior deberán estarrecogidos de manera expresa, clara y precisa en documentación queacompañe a la solicitud de Autorización de instalación deatracciones, puestos, circos y similares. Las Administraciones podránrequerir en cualquier momento que se aporte la documentación queacredite el cumplimiento de los mencionados requisitos y elinteresado deberá aportarla.
ASUNTO:
UNIDADRESPONSABLE:
QUIENLO PUEDE SOLICITAR:
DONDESE SOLICITA:
Por Registro Municipal, Sede Electrónica o por cualquiera de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 02/10/2015).
INFORMACIONSOBRE EL TRAMITE:
El procedimiento se inicia mediante presentación de la solicitud de Autorización de instalación de atracciones, circos, puestos y similares, y de la documentación preceptiva al efecto, por cualquiera de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 02/10/2015).
No se dará trámite a ninguna solicitud si no está acompañada del correspondiente justificante de abono de tasas, cuya liquidación se gestiona en el Departamento de Recaudación.
La autorización no se entenderá concedida por el hecho de haber sido presentada la solicitud de la misma.
La concesión de la Autorización Municipal es título habilitante para el inicio de la actividad.
Dado que estas instalaciones se ubicarán sobre terrenos de uso público, la vigencia de la autorización será el periodo de duración del aprovechamiento.
LEGISLACIÓNAPLICABLE:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 02/10/2015.
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama.
Legislación sectorial en función de la materia.
IMPRESOSASOCIADOS AL TRÁMITE:
09Solicitud Autorización Instalación atracciones, circos, puestos ysimilares
DOCUMENTACIONA APORTAR:
Ladescrita en el propio impreso de Solicitud de Autorización deInstalación de atracciones, circos, puestos y similares.