CS06 CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA MUNICIPAL DE ACTIVIDAD
Elcambio de titularidad de Licencia Municipal de Actividad es eldocumento que autoriza, en base a la documentación aportada por uninteresado, el cambio en la titularidad de una actividad, la cualcuenta con la correspondiente Licencia Municipal de Actividadpreviamente concedida.
Lascondiciones que debe cumplir el establecimiento son las mismas quelas exigidas al anterior titular de la actividad, las cuales fueronrecogidas en la Licencia de Actividad previamente concedida.
Porlo tanto, la concesión del cambio de titularidad de LicenciaMunicipal de Actividad supone que, en base a la documentaciónobrante en el expediente, el establecimiento reúne todos losrequisitos exigidos por la normativa de aplicación (urbanística,sectorial, medioambiental, higiénico-sanitaria, de seguridad, deprevención y protección de incendios, etc.).
LasAdministraciones podrán requerir en cualquier momento que se aportela documentación que acredite el cumplimiento de los mencionadosrequisitos y el interesado deberá aportarla.
ASUNTO:
UNIDADRESPONSABLE:
QUIENLO PUEDE SOLICITAR:
DONDESE SOLICITA:
Por Registro Municipal, Sede Electrónica o por cualquiera de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 02/10/2015).
INFORMACIONSOBRE EL TRAMITE:
El procedimiento se inicia mediante presentación de la solicitud de Cambio de Titularidad de Licencia Municipal de Actividad, y de la documentación preceptiva al efecto, por cualquiera de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 02/10/2015).
No se dará trámite a ninguna solicitud si no está acompañada del correspondiente justificante de abono de tasas, cuya liquidación se gestiona en el Departamento de Recaudación.
La licencia no se entenderá concedida por el hecho de haber sido presentada la solicitud de la misma.
Si la actividad precisa de informes de otras Administraciones, preceptivos para la concesión del Cambio de Titularidad de Licencia de Actividad, se solicitarán los informes correspondientes a los órganos competentes.
La concesión del Cambio de Titularidad de Licencia Municipal de Actividad no es título habilitante para el inicio de la actividad por el nuevo titular, para lo cual es requisito previo e imprescindible la obtención de la Licencia Municipal de Funcionamiento.
LEGISLACIÓNAPLICABLE:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 02/10/2015.
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama.
Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Ley 2/2012, de 12 de junio, de dinamización de la actividad comercial en la Comunidad de Madrid.
Legislación sectorial en función de la materia.
IMPRESOSASOCIADOS AL TRÁMITE:
06Solicitud Cambio Titularidad Licencia Municipal de Actividad
12Identificación industrial
DOCUMENTACIONA APORTAR:
Ladescrita en el propio impreso de Solicitud de Cambio de Titularidadde Licencia Municipal de Actividad.