Tasa por servicio de recogida de residuos sólidos urbanos
Asunto
Unidad responsable
Oficina Tributaria
Lugar de presentación
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Por Registro Municipal o por cualquiera de los medios contemplados en la ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas.
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Personalmente en las oficinas del Departamento Financiero y Tributario (Oficina Tributaria Local)
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A través de la Sede Electrónica.
Cómo se inicia el trámite
El procedimiento se inicia mediante presentación de la solicitud y documentación preceptiva al efecto, a través del Registro Municipal por cualquiera de los medios contemplados en la ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas.
Plazo de declaración
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En el caso del nacimiento de nuevos hechos imponibles derivados de la prestación del servicio gravado con la presente tasa, los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar declaración de alta paralelamente a la solicitud de la licencia de primera ocupación, de la licencia de funcionamiento o en el plazo de un mes a contar desde la presentación del alta o de variación censal a efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas (modelo 036 o 037).
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En todo caso, con ocasión de la presentación de la solicitud de licencia de primera ocupación de vivienda; con la solicitud licencia de apertura y/o de funcionamiento de actividades de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas en los términos previstos en los artículos 84, 84 bis y 84 ter de la 7/1985, de 2 de abril; o con la declaración responsable o comunicación previa para la apertura de dichos establecimientos.
Variación
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Cuando se conozca, ya de oficio o por comunicación de los interesados, cualquier variación de los datos que figuran en el padrón, se llevarán a cabo en éste las modificaciones correspondientes y de acuerdo con los procedimientos regulados en el Capítulo III del Título III de la Ley General Tributaria, que surtirán efectos a partir del período impositivo siguiente a la fecha en que se haya efectuado la declaración.
Incumplimiento
Normativa legal
La ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT).
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanza reguladora de la Tasa por la presentación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos.
Documentación a aportar
Impresos Asociados al Trámite
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